domingo, 24 de septiembre de 2017

NI UNA CONCESIÓN MÁS AL GOBIERNO SEDICIOSO DE CATALÚÑA. APLICACIÓN DEL ARTICULO 155 DE LA CE Y LA SUSPENSIÓN DE LA AUTOMÍA CATALANA.

Desde U.C.I.N MÓSTOLES (UNIÓN DE CIUDADANOS INDEPENDIENTE DE MÓSTOLES), exigimos que de una vez por toda se aplique el artículo 155 de la Constitución suspendiendo de hecho y derecho la Autonomía de Cataluña y sus órganos secesionistas, con la puesta a disposición judicial de los autores materiales e intelectuales de este atentado sedicioso perpetrado contra la mayoría de los Españoles y Catalanes. con la apertura del procedimiento judicial y aplicación de los artículos 544 y 545 de Código Penal. Procediendo posteriormente  una vez restituida la legalidad Constitucional a convocar nuevas elecciones en Cataluña para restituir la legalidad  y la legitimidad Autonómica, con expresa y posterior avocación de las competencias de Educación y Sanidad.


"Sedición




"La Constitución española de 1978.

Título VIII. De la Organización Territorial del Estado

Capítulo tercero. De las Comunidades Autónomas


1.- Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general
2.- Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.


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